Columnas
Jaime García Elías
AGO
9
2016
Entre veras y bromas
Por Jaime García Elías opinion(0)informador.com.mx
– Marchas
Por fin, al parecer, Dios se dignó (o tuvo tiempo de) atender las plegarias de los habitantes de la Ciudad de México… y un poco, también, por extensión, los de otras grandes ciudades del país, entre las cuales —¡por supuesto!— Guadalajara.
-II-
Se trata del clamor generalizado en demanda de la prioridad que, en un conflicto de intereses, debería darse a los más con respecto a los menos. Más concretamente, se trata de que la Suprema Corte de Justicia discutirá esta semana, —¡por fin…!— una iniciativa que, sin coartarla del todo, restringirá (regulándola, acotándola, condicionándola al cumplimiento de determinados requisitos y al respeto del derecho de los demás) el derecho que la Constitución tutela para que se realicen marchas, manifestaciones y similares. Se trata, sí, de mantener vigente el derecho que los ciudadanos de este país tienen para “asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito”, como establece el Artículo 9º. de la Carta Magna… pero no de la manera libérrima, abusiva e injusta que hasta ahora ha caracterizado ese tipo de expresiones.
Durante muchos años, el clamor de los ciudadanos que planteaban la necesidad de reglamentar marchas, plantones, manifestaciones y demás, fue desoído sistemáticamente por (con la venia de Pito Pérez) “el supremo Gobierno que no se equivoca nunca”. So pretexto de que los preceptos constitucionales son intocables, sacrosantos e irrenunciables, se permitía que unos cuantos ciudadanos —decenas, cientos o miles— deseosos de “hacer una petición o presentar una protesta por un acto a una autoridad”, como la misma norma establece, alteraran el derecho de muchos miles de ciudadanos igualmente respetables a circular por las calles o espacios públicos de que aquéllos se apropiaban; a no convertirse, como rehenes de los manifestantes, en ciudadanos de segunda clase.
-III-
La resolución de la Corte, según se anticipa, condicionará la realización de marchas, manifestaciones y similares, a que se avise de su realización con 48 horas de antelación, para que la autoridad tome acciones preventivas (en beneficio de terceros… y, se pretende, de los propios manifestantes). Se prohibiría, por lo demás, que marchas, bloqueos y demás se realicen “en vías primarias o de circulación continua”.
Marchistas, manifestantes y demás han convertido la libertad que la Ley Suprema del país les reconoce, en vil libertinaje, al poner a la autoridad entre la espada y la pared: o los reprime a ellos… o permite que los menos la chantajeen, conculcando artera e impunemente los derechos de los más.
Agosto 9 2016 Por: Jaime García Elías
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