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Registrado: 24 Nov 2005
Ciudad: Otra Ciudad - Jalisco de trabajo
Edad: 32
Mensajes: 7
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Publicado:
Ene 02 2010 Título:
hipoteca uno de mis deudores fallecio
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HOLA HACE 2 AÑOS CELEBRAMOS UN CONTRATO DE MUTUO CON INTERES Y GARANTIA HIPOTECARIA.....UNO DE MIS DEUDORES MURIO Y QUIERE DEMANDAR PARA QUE ME PAGUEN, PORQUE NI SIQUIERA ME PAGAN INTERESES, Y COMO LE DEBEN A MUCHAS PERSONAS YA LE HAN EMBARGADO VARIAS VECES LA PROPIEDAD QUE ES MI GARANTIA HIPOTECARIA.......POR FAVO AYUDENME PARA SABER QUE TIPO DE JUICIO ES, EN QUE VIA SE TRAMITA Y SI DEBO DEMANDAR A LA SUCESION DE MI DEUDOR? ME URGE QUE ME AYUDEN
GRACIAS A TODOS POR SU ATENCIO Y AYUDA
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de trabajo
Edad:
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Publicado:
Ene 04 2010 Título:
hola
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recuerda quien es primero en tiempo es primero en derecho
cuando hisiste la hipoteca la tubiste que haber registrado en el registro publico entonces no pueden embargar el bien enagenado tienes que presentar un juicio hipotecario
Ultima edición por Invitado el Ago 01 2010, editado 1 vez
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Registrado: 18 May 2007
Ciudad: Guadalajara de trabajo
Edad: 36
Mensajes: 7281
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Publicado:
Ene 04 2010 Título:
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hisiste --> hiciste
tubiste --> tuviste
publico --> público
enagenado --> enajenado
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de trabajo
Edad:
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Publicado:
Ene 04 2010 Título:
gracias
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gracias por la obserbacion ya regañe a mi secretaria
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Registrado: 24 Nov 2005
Ciudad: Otra Ciudad - Jalisco de trabajo
Edad: 32
Mensajes: 7
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Publicado:
Ene 04 2010 Título:
gracias por su respuesta
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si la inscribi en el registro publico, y si la han podido embargar, toda vez que han inscrito tambien esos embargos en el registro..........los deudores son esposos y el sr. es quien fallecio, por eso mi pregunta de que si la demando a ella y a la sucesion del deudor???????
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de trabajo
Edad:
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Publicado:
Ene 05 2010 Título:
hola
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bueno me llama atención que le hayan embargado un bien hipotecado
me falta el dato de en que estado fue esto para saber que legislación usar
Ultima edición por Invitado el Ene 05 2010, editado 1 vez
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Registrado: 20 Mar 2008
Ciudad: Tlaquepaque de trabajo
Edad: 50
Mensajes: 7
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Publicado:
Ene 05 2010 Título:
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Claro que se pueden registrar todos los gravámenes que vaya reportando ese inmueble, pero desde luego que tiene prioridad tu hipoteca, sin embargo no explicas si ya se venció el término estipulado para el pago, de ser así ya puedes demandar por el Juicio Hipotecario, pero tal y como lo mencionas antes de demandar este juicio tendras que denunciar el juicio sucesorio intestamentario ya que ignoras si dejó testamento la persona que falleció, para el efecto de que se nombre a un albacea provisional que represente a esta sucesión intestamentariay si bien es cierto que tu como acreedor puedes hacerlo también es cierto que el juez nombrará a este albacea provisional, pero como no es familiar tendras que depositar la cantidad que fije el juez como garantía de su gestión y ademàs el pago de los honorarios de este albacea, esto solo para el caso de que la esposa o los hijos una vez que los hayas notigicado de la radicación de este juicio sucesorio no hayan comparecido a deducir y justificar derechos hereditarios, ya que en el caso de que comparezcan de entre ellos saldrá el albacea definitivo y es hasta entonces que puedes demandar el juicio hipotecario demandando a la esposa y a la sucesión intestamentaria a bienes del fallecido por conducto de su albacea definitivo fulanito de tal. Espero me haya explicado.
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de trabajo
Edad:
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Publicado:
Ene 05 2010 Título:
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Licenciados solo quiero que recuerden que es un crédito hipotecario, por lo tanto existen un contrato, y por ende cláusulas en las que puede peligrar el crédito e inmueble, ya que por costumbre en dichos contratos se estipula en alguna cláusula, que por embrago u otra deuda se rescinde el contrato y se recoge el bien. IMPORTANTE CHECAR CLAUSULADO DE CONTRATO además, si el bien esta hipotecado no se puede embargar chequen bien que se embargo, si el inmueble o los derechos sobre el crédito y frutos ósea al terminar de pagar crédito, los derechos, así que si se embargo el bien y nos e verifico la hipoteca es nulo dicho embrago, cuidado con que se describe como bien embargado, derechos u inmueble.
la hipoteca es un derecho real accesorio e inseparable del bien principal
deduciendo esto lo accesorio sigue la suerte de lo principal derivandose de ello el caracterpersecutorio de la accion real y la oponibilidad del gravamen a terceros
claro que administrativamente se realizan las anotaciones de gravámenes pero mis contestaciones son establecidas en estricto derecho cuantos errores y lagunas existen en las dependencias
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Registrado: 21 Ago 2008
Ciudad: ---------------- de trabajo
Edad:
Mensajes: 3
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Publicado:
Ene 06 2010 Título:
ponte atento
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si uno de tus deudores de la hipoteca fallecio, lo primero que tienes que hacer es abrir la sucesion testamentaria con el caracter de acreedor, pra que el juez familiar nombre un albacea representante de la sucesion, una vez designado el albacea, ahora si demandas la hipoteca y llamas a juicio al albacea de la sucesion embargando la parte que le corresponde de la sucesion del fallecido.
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Registrado: 24 Nov 2005
Ciudad: Otra Ciudad - Jalisco de trabajo
Edad: 32
Mensajes: 7
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Publicado:
Ene 08 2010 Título:
MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION PROPORCIONADA
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MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION QUE ME HAN BRINDADO, DE VERDAD HAN DISIPADO MIS DUDAS.......ME HA SIDO DE GRAN AYUDA.....CREO QUE TENDRE QUE INICIAR EL JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO QUE MENCIONAN........Y ACLARO QUE EL CONTRATO SE DA POR VENCIDO ANTICIPADAMENTE, TODA VEZ QUE UNA DE LAS CLAUSULAS ESTABLECE QUE SI SE EMBARGARA EL BIEN MEDIANTE JUICIO MERCANTIL O ADMINISTRATIVO Y NO SE LEVANTARE ESE GRAVAMEN DENTRO DE LOS 30 DIAS CONSECUTIVOS, SE DARIA EL VENCIMIENTO ANTICIPADO. LA LEGISLACION APLICABLE ES LA DEL ESTADO DE JALISCO. Y SE QUE TIENE PRIORIDAD MI CREDITO PERO SI HA SIDO POSIBLE QUE REALICEN EMBARGOS SOBRE EL INMUEBLE, EN SI SOBRE EL 50% QUE ES PROPIEDAD DE MI FALLECIDO DEUDOR. CUALQUIER OTRA INFORMACION QUE PUEDAN PORPORCIONARME SE LA AGRADEZCO DE ANTEMANO.
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