La obsesión de Calderón por la Reforma Laboral
Rubén Durán Cachón
Cada vez es más evidente la ansiedad de Felipe Calderón para que sea
aprobada la Reforma Laboral de modificaciones de la Ley Federal de
Trabajo por la Cámara de Diputados antes de que termine su periodo de
gobierno, como lo demuestra el hecho de casi en todos en todas las
reuniones o foros en que se presenta nos sale con la muletilla de que
“los diputados deben aprobar este proyecto que beneficia los
trabajadores”.
Más que nada, la obsesión del presidente del “empleo” obedece a que se
le acaba el tiempo para cumplir probables compromisos con el proyecto
capitalista neoliberal dictado por el FMI, el Banco Mundial y los
EEUU, como lo han señalado diversas publicaciones periodísticas.
Si algo quedará muy claro de este gobierno panista es su desdén por la
clase trabajadora, su repudio a los sindicatos independientes (como
Luz y Fuerza del Centro) y su afán por aniquilar empresas e
instituciones nacionales como el IMSS, el ISSTE, Petróleos Mexicanos,
las Universidades públicas y escuelas normalistas (por mencionar tan
sólo algunos casos más emblemáticos), que son una muestra indudable
de la intención privatizadora y entreguista a los capitales
extranjeros de este gobierno de derecha.
De acuerdo con un análisis realizado por la Asociación Nacional de
Abogados Democráticos, existen por lo menos 26 afectaciones graves
para los trabajadores de aprobarse la Reforma Laboral que pretende
Calderón. Por cuestión de espacio, enunciaré y comentaré tan sólo
algunas de ellas que me parecen más representativas:
1.-Permite crear contratos de: A) Prueba, Capacitación inicial y de
C) Labores discontinúas, o lo que es lo mismo, un trabajador que
ingresa a una empresa bajo un contrato de “prueba” puede laborar un
tiempo X (por decir unos 6 meses o más) y al final el patrón lo
despide tranquilamente, sin pago de antigüedad, de vacaciones ni
indemnización alguna porque a su juicio “no pasó la prueba”. Lo mismo
sucedería si se le contrata en la modalidad de Capacitación Inicial y
o por labores discontinuas, lo que le permitiría al patrón estar
contratando y despidiendo trabajadores sin que estos tengan
posibilidades de jubilación ni prestación alguna por la chamba
efectuada.
2.- Se incrementan causales de despido por “faltas contra los clientes
del patrón”, otras palabras, si el patrón quiere despedir a un
trabajador, le bastará que le pida el favor a algún amigo que denuncie
al trabajador por supuestas “faltas”, y… ¡fuera de la chamba!
3.- Se permite la fijación del monto de bonos, incentivos y
comisiones de manera unilateral por el patrón. En la actualidad, cada
año o cada dos años, se lleva a cabo una revisión del Contrato
Colectivo de Trabajo, en el cual se reúnen los representantes
sindicales con los patrones para acordar mejoras en las prestaciones
para el trabajador. En la nueva Ley, se suprime la representación
sindical, y únicamente queda a juicio del patrón otorgar lo que
considere conveniente (de ninguna manera creemos que todos los
patrones serán dadivosos).
4.- Desaparece el salario mínimo y se crea el “salario
infinitesimal”, para pagar de manera proporcional por el tiempo
laborado con la base del salario mínimo; si se trabaja una hora
diaria, se podrá pagar un octavo del salario mínimo, $7.47 pesos por
hora. Una persona que labore 4 horas diarias se pagaría apenas $29.90
diarios, la mitad del salario mínimo. (¡El colmo, si el salario mínimo
es ridículo e insuficiente, ahora muchos patrones podrán pagar sueldos
inferiores sin que violen la Ley!)
5.-Subcontratación vía “outsourcing”, lo que otras palabras quiere
decir que las empresas, para no ser responsables de sus propios
trabajadores ni cumplir con sus prestaciones, subcontratan a empresas
menores para que realicen trabajos en la empresa principal, sin tener
ninguna responsabilidad con los trabajadores subcontratados, lo cual
permite la fragmentación sindical y diferentes condiciones de trabajo
en un mismo centro laboral.
6.- En la LFT actual, si un trabajador es despedido injustificadamente
y lo demuestra ante un tribunal, la empresa está obligada a pagarle
todos los días que no laboró (salarios caídos) mientras duró el
juicio, independientemente del tiempo que haya transcurrido. En la
reforma de Calderón no se pagará más de un año de salarios caídos. Si
por ejemplo, el juicio duró 5 años, al trabajador sólo se le pagará un
año de salarios y perderá cuatro años de pago como actualmente está
establecido.
Si bien es cierto que el presidente tiene el derecho de proponer ante
el Congreso reformas o leyes que le parezcan adecuadas para su visión
ideológica neoliberal y de derecha, también es cierto que resulta
inadmisible que mienta ante el pueblo, que mienta deliberada y
reiteradamente al afirmar que la Reforma Laboral que pretende sea en
beneficio de la clase trabajadora. Eso se llama cinismo.
Por tal motivo, los trabajadores debemos presionar a los diputados
para que no se apruebe esta retrógrada y devastadora reforma
calderonista, y advertirles que, si lo hicieran, junto con sus
partidos serán considerados como traidores a la clase laboral y a
todos los mexicanos bien nacidos.
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