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Publicado:
Ene 31 2019 Título:
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Mi padre murió intestado, todo quedó en manos de mi mama y cuando ella murió, nos juntamos solo los hermanos sin esposas y nos pusimos de acuerdo.
El dinero fue fácil, se dividió entre 4.
Las propiedades fue un poco el problema, pero se resolvió, Armando paquetes que valían más o menos lo mismo y lo rifamos entre nosotros.
De igual forma las cosas de valor sentimental.
La verdad fue relativamente sencillo.
Ultima edición por loboesceptico el Feb 01 2019, editado 2 veces
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Una sucesión pacífica preserva la unidad familiar. En eso mi familia fue igual.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Yo no espero nada de mi mamá. Y por mí parte, todo lo que ha dicho de palabra, para mí es ley. Aunque no esté incluida, y no haya algo por escrito, no pienso pelear nada, ni mucho menos a mis hermanos que son una parte de mí.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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doonga | Mensajes: 5309 | Super Usuario
Cita: | Mi padre murió infestado, todo quedó en manos de mi mama y cuando ella murió, nos juntamos solo los hermanos sin esposas y nos pusimos de acuerdo.
El dinero fue fácil, se dividió entre 4.
Las propiedades fue un poco el problema, pero se resolvió, Armando paquete a que valían más o menos lo mismo y lo rogamos entre nosotros.
De igual forma las cosas de valor sentimental.
La verdad fue relativamente sencillo. |
Cuando falleció mi mama, los tres hermanos hicimos exactamente lo que describes.
Respecto las tres propiedades, que tenían diferencias de valor, yo le dije "esto es, para mi, un regalo", pónganse de acuerdo y yo me quedo con la que Uds descarten.
Mi hermano mayor decía -- es que me gusta aquella.
Yo le dije, entonces quédate con esa.
Es que esta es más valiosa,
Entonces quédate con esta.
Finalmente, ni más de 10 minutos de conversa, nos pusimos de acuerdo.
Y, las restantes cosas, las rifamos con papelitos con números.
Resultó magnífico, y nadie se sintió perjudicado.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Cita: | A mí me robaron cobarde y arteramente mi herencia... |
No podría haber sido de otra manera, si eres en la vida real, como en.el foro.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Cita: | Y, las restantes cosas, las rifamos con papelitos con números. |
Así mismo hicimos nosotros, problema después, con las señoras.
¿Porque no peleaste por el juego de cubiertos o las copas?
Porque les dejaste tal departamento!!!
Joder si hubieran entrado a la hora que repartimos, ahí seguiríamos.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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doonga | Mensajes: 5309 | Super Usuario
Mi cuñada, antes de que nos juntáramos a repartir la herencia, nos dijo:
La herencia es de ustedes. Nadie se puede meter en las decisiones.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Así es, muy inteligente decisión 
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Lo que tu digas Self.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Martucha:
Por ley todos los hijos tienen derecho a pesar de la mala decisión de los padres. Si metes juicio los obligarán a darte algo. A menos que no quieras, eso también habla muy bien de ti.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Definición y Carácteres de Desheredación en Derecho Mexicano
Concepto de Desheredación que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Carmen García Mendieta ) En los sistemas en que – como el mexicano – no hay herencia forzosa, el legislador generalmente ha instituido las causas de indignidad para suceder; éstas constituyen una forma de desheredación, tomando este concepto en sentido amplio, como “una especie de desheredación tácita (Fernández Aguirre). El fundamento legal de la igualdad para suceder estriba en la suposición de que, si el causante hubiera expresado su voluntad, habría excluido al indigno de su herencia; y, además, en la lesión que significaría para la moral de una sociedad el hecho de que el autor de ciertos delitos contra el de cujus pudiese heredar a su víctima. El Código Civil para el Distrito Federal enumera las causales de indignidad en su libro tercero, título segundo, capítulo III, “De la capacidad para heredar”. En este capítulo podemos distinguir las verdaderas incapacidades de las normas relativas a la indignidad para suceder. Estas pueden agruparse en: a) actos que constituyen un atentado contra la persona física o moral del causante o de su familia; están enumerados en el artículo 1316Código Civil para el Distrito Federal, fracciones I al IX, y XI; b) actos que entrañan un atentado contra la libertad de testar(violencia, dolo o fraude),artículo 1316, fracción X, y c) renuncia sin justa causa o remoción por mala conducta, de un cargo(tutor, curador, albacea) conferido por el testador o por la ley. Son los casos de los artículos 1331 y 1333 Código Civil para el Distrito Federal. La indignidad debe ser declarada en juicio, a petición de algún interesado; no puede promoverla el juez de oficio artículo 1341). La posibilidad de interponer la acción prescribe a los tres años, contados desde que el indigno entró en posesión de la herencia artículo 1342).
Mi tío, esposo de la hermana de mi mamá, fue desheredado.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Pues entonces en el caso de Martha se puede, más en caso de justificar su necesidad por el trastorno que padece.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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doonga | Mensajes: 5309 | Super Usuario
La ley chilena no permite desheredar.
Hay un esquema legal que describe quiénes son "herederos forzados", y cuánto le corresponde a cada uno porcentualmente.
En un testamento, dispones de un 25% de libre asignación, que le puedes dejar al gato, si así lo deseas, el 75% restante no lo puedes tocar.
Por ese motivo, algunas personas hacen los repartos en vida.
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Publicado:
Feb 01 2019 Título:
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Una ley bien hecha
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