Haber Janet, cuando un menor de edad en el Estado pretende contraer matrimonio, siendo un menor en este caso de 15 años, obvio que se requiere el consentimiento de los padres para poder contraer matrimonio, de acuerdo a la ley, debe constar el consentimiento en el acta de matrimonio, y como previo requisito a su levantamiento debe manifestarse el consentimiento de los padres del contrayente menor de edad, este es un error en que recayo el oficial del registro civil, a pesar de que en el acta de nacimiento no fuiste reconocido por tu padre, EL requisito de autorización de los progenitores, es un requisito de validez, sin embargo el acto de matrimonio se encuentra convalidado en virtud de que eres mayor de edad.
Ahora, el señor quien dice ser tu padre, debería acudir a la oficilia del Registro Civil a que lleve a cabo el reconocimiento de hijo, ahora se levanta una nueva acta de nacimiento con el nombfe del progenitor reconocedor, antes el reconocimiento se llevaba a cabo mediante acta de reconocimiento y se hacía la anotacion en el acta de nacimiento, por lo que te recomiendo que lleve a cabo dicho tramite de reconocimiento.
POR CIERTO, ANTES EN LAS OFICIALIAS SOLO SE BASABAN EN LA DECLARACIÓN DE LAS PERSONAS PARA ASENTAR EL ESTADO CIVIL QUE CORRESPONDIA SIN SOLICITAR DOCUMENTOS QUE ACREDITARAN DICHAS MANIFESTACIONES, POR ESO SE DIERON MUCHOS ERRORES EN SU LLENADO ADEMÁS DE OTRAS CIRCUNSTANCIAS. AHORA SE SOLICITA DOCUMENTOS PARA ACREDITAR TALES DICHO, SIN EmBARGO EL OFICIAL DEBE ASENTAR LAS DECLARACIONES DE LOS INTERESADOS Y SE PODRA DEMANDA LA NULIDAD RELATIVA O TOTAL SOBRE EL CONTENIDO DE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL.
con relación al divorcio incausado, se refiere al divorcio express en el DF, esto quiere decir que dichos divorcios lleva un plazo de un mes a un mes y medio para decretarse el divorcio por el juez, pero si tu marido no esta de acuerdo en divorciarse de nada te servirña dicha solicitud,.En Jalisco no existe este divorcio incausado, puede ser por mutuo consentimiento ante el organo jurisdiccional, administrativo ante la oficialia del registro civil o por medios alternativos d solucion de controversias, dependiendo de tu situacion seá la via o manera idonea de proceder.
saludos
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