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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
entonces |
entones, es mentira que la ley española permite a una mujer ebria atropellar personas, excelente, aclarado, fue mentira lo que dijiste
siguiente
en base a qué asumes que las agravantes o atenuantes pueden provenir de la víctima? tienes por ahí algún documento o indicio de que sea eso jurídicamente posible?
mudochi, desde que te conozco tienes la costumbre de decir estupideces, asegurar cosas que son mentira y cuando te pido que me aclares, precises y señales en qué basas tus chorreras mentales, te ofendes y cambias el tema sin haber hecho más que especulaciones tontas
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
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revolcado:
Cita: | en base a qué asumes que las agravantes o atenuantes pueden provenir de la víctima? tienes por ahí algún documento o indicio de que sea eso jurídicamente posible? |
No seas [pen...]. Si un hampón penetra en una casa y el propietario lo
ultima, la atenuante o excluyente de la responsabilidad penal partiría
esencialmente de la actitud del hampón mencionado.
Y para los izquierdistas abortistas, la impunidad de la mama abortista
depende del escaso desarrollo cerebral de la pequeña víctima.
Ahí tienes dos criterios minimizadores de la víctima de un asesinato:
a) Su actitud agresora, en el caso del hampón
b) Su escaso desarrollo, en el caso del embrión
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
qué |
que wey estás!!!!!! la legítima defensa implica que quien comete el crimen, quien está siendo juzgado por cometer un delito, demuestra que actuó en defensa de sus derechos, es decir, se juzga SU propia motivación para ejercer violencia, tan es así, que si se excede, si la violencia ejercida bajo la supuesta defensa legítima, es desproporcionada, entonces no será beneficiado con esta figura legal
jajajajj que chistosito te lees escribiendo de temas de los que no comprendes mucho, te recomiendo que salgas de los foros de chiavitos frikis fanáticos de los juegos 3D y acudas a foros un poco más elevados intelectualmente, para que entiendas, para empezar, los elementos de la conducta que están implicados en la tipificación de los delitos
no es lo que "tu crees porque así dice en el GTAV", donde el malo es muy bueno porque mata perras que andan abrazando a otros, sino que la legislación penal (aún en España), parte de principios, supuestos, pre supuestos y elementos con un fundamento y razón
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
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revolcado:
Cita: | demuestra que actuó en defensa de sus derechos, es decir, se juzga SU propia motivación para ejercer violencia, |
Lo que pasa es que "nadie puede ejercer violencia
para defender sus derechos".
En el caso de la legítima defensa se hace una excepción
notable porque se minimizan los derechos del agresor, y
lo mismo ocurre con la pena de muerte.
En la eutanasia también, el hecho de que una persona
esté toda jodida atenúa la culpa de quien la mata.
Claro: se valora la psique de la persona asesina, pero
se le valora precisamente con base en la circunstancia de
la otra persona.
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
te |
te digo, tanto juego en 3D, tanto consumo de jarabe de maíz en forma de "dosis de cristal", y tanto pensar en cómo dominar al mundo con una computadora cuántica, te está afectando
deja te lo explico despacito, como receta
para que un individuo ARGUMENTE legítima defensa tienen que darse los siguientes hechos, EN ESE ORDEN:
una denuncia puesta en SU contra por quien se dice afectado o víctima de un delito, es decir, ESTAR SUJETO A PROCESO
en la Averiguación Previa, el MP determina que él es responsable de los daños, lesiones o muertes que se investigan, por lo tanto decide ponerlo a disposición del Juez Penal
El juez penal lo sujeta a proceso y en el proceso, el indiciado (presunto responsable) se defiende alegando que fue en legítima defensa
qué quiere decir: en ningún momento se le trata como víctima y de la valoración de sus actos y circunstancias nace la legítima defensa
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
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revolcado:
Muchas veces los MP´s son los que aplican la eximiente
de legítima defensa, sin enviar al procesado ante un juez.
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
no |
no no no, no te confundas
en primer lugar, estamos hablando de que la atenuante o excepción de legítima defensa depende enteramente de quien está acusado como DELINCUENTE, no como víctima, por lo tanto, es una tontería el que afirmes que las atenuantes o agravantes dependen de las víctimas
sólo pueden operar en razón del delincuente
en segundo lugar, no seas tonto, insisto, deja de convivir con tanto friki gammer y ponte a estudiar de aquellos temas en que pretendes dictar cátedra, los MP no APLICA EXIMIENTE, el MP determina si hay o no elementos de persecución para llevar al sujeto a un proceso, LEE
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
jajaja |
jajajajaaj que leas!!!!! sabe!!!!
por supuesto que entiendo tus piensos y ocurrencias nacidas del ocio intelectual, lo que necesitas entender es que si pretendes discutir un tema desde la perspectiva legal (los abusos s*xual deben tener atenuantes?) al menos comprendas las nociones básicas de la tipificación de delitos
sí, entiendo que en señorita laura y rocío sánchez azuara expongan cientos de casos de víctimas que pasaron a ser victimarios y viceversa, pero debes comprender que los conceptos "atenuante" y "agravante", sólo pueden ser aplicados a los victimarios de acuerdo a sus circunstancias, jamás en base a las víctimas
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
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revolcado:
Cita: | los conceptos "atenuante" y "agravante", sólo pueden ser aplicados a los victimarios de acuerdo a sus circunstancias, jamás en base a las víctimas |
Eso que dices es mentira. Se valora la psique de la persona que comete
el delito, pero también se minusvalora a la otra persona, cuando exentamos
a alguien de culpa.
Si a un marido le bajamos la sentencia por matar a una adúltera, o al
padre de una chica violada se la reducimos por matar al violador de su
hija, no sólo consideramos la ofuscación mental del asesino, sino que en
el fondo pensamos que la persona asesinada "algo hizo para merecérselo".
Digo: eso, en los sistemas penales comprensivos con los asesinos; otros
sistemas penales dirán: "No me interesan tus motivos; si matas, te rejodemos
y punto".
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
jajajajajja |
jajajajajaj pues por eso dices las tonterías que dices!!!! está bien, sigue obteniendo tus grandes triunfos intelectuales en el foro de chavitos gammers, ahí seguro si te creen algo de estas tonterías
para que quede claro, no tienes ni puñetera idea de lo que escribes, lo que dices es una total confusión de términos pseudo jurídicos mezclado con ignorancia y una terrible falta de conocimientos del tema, como lo has hecho en todos los temas
pero sigamos
qué países tienen sistemas "comprensivos", y por favor, quisquillosidad agregada, en dónde se establece el término "sistema penal comprensivo"
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Publicado:
Oct 28 2013 Título:
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Para Mudochi, de las mujeres que a algunos si nos gustan.
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Publicado:
Oct 29 2013 Título:
estaba |
estaba viendo un capítulo de la viejísima serie 3th rock from the sun, en donde Dick es jurado en un proceso contra un delincuente
en un arrebato de lucidez esgrime un argumento jurídico estilo mudochi: "cabe la duda razonable de que pudo utilizar el dinero para pagar una operación urgente de su hija y no para cometer el crimen"
el delincuente era soltero y no tenía hijos...
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Publicado:
Nov 23 2013 Título:
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Esta es una opcion para ti Mudoshi, consensuado, y sin que te metan al bote.
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Publicado:
Nov 23 2013 Título:
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Juan:
Aguas, porque muchas pueden fingir que es consensuado para traicionarte y demandarte.
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