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asesoria menores edad

MensajePublicado: May 17 2010    Título: como

como si la comisión de delitos fuera un "castigo" por haber hecho o no hecho algo

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MensajePublicado: May 31 2010    Título: no

no no no, no hay que confundir: sujetos en situación de riesgo, con qué no se hizo como mamá...

en el primer caso son perfiles que alertan sobre una situación; en el segundo, das a entender que todas las mamás que actúen como la forista tendrás hijas víctimas de abuso, o que todas las mamás que hicieron "lo correcto" tendrás hijas libres de abuso

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MensajePublicado: Jun 03 2010    Título: lo

lo que escribes es que lo que le pasó a si hija es un castigo por no haber sido buen padre y eso no es un consejo de asesoría jurídica

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MensajePublicado: Jun 11 2010    Título: pues

pues qué grave error!

las leyes están para resolver los conflictos de nuestra vida personal y todos tienen derecho a acceder a ellas y que se apliquen de manera imparcial, sin prejuzgar si el que las clama es buen padre o mal hijo

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MensajePublicado: Jun 11 2010    Título: por

por qué no?

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MensajePublicado: Jun 11 2010    Título: orale

orale, si, tienes razón

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MensajePublicado: Jun 16 2010    Título:

Artículo 4.- ... Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Artículo 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.

II.- La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche de los menores de dieciséis años;

III.- Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.

XI.- Cuando, por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente de un 100% más de lo fijado por las horas normales. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos.

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