Definitivamente se esta hablando de un acto futuro e incierto, como lo es el nacimiento del producto, si bien es cierto que el reconocimiento de paternidad es un juicio vigente, es necesario que se acrediten diversos supuestos, por el convenio que usted menciona de que ella le cedera la custodia del menor, no es valido, ya que puede revocarse en cualquier momento ya que no son sujeto de transacccion los seres humanos y por encima de las desiciones de los adultos estan los derechos de los niños (tratados internacionales de los que mexico es parte), los derechos que le confiere el codigo civil y la constitucion, llamados derechos a la personalidad.
Si usted esta dispuesto a recibir una asesoria a ese respecto nos ponemos a sus ordenes.
http://www.asesoriajuridicaactiva.mex.tl
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