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CARGO DE CONFIANZA RECIBE PAGO DOBLE POR FERIADOS?

MensajePublicado: Nov 26 2012    Título: los

los días de descanso obligatorio sí deben de pagarse con un salario doble;
en el caso de horas extras, efectivamente, por principio no se generan en trabajadores de confianza, pues se supone que éstos actúan en representación y a nombre del patrón, cuidando los intereses de la empresa y por lo tanto, cuidándolos como si fueran propios, ya que el carácter de confianza supondría sueldos, prestaciones y ventajas superiores a las de los trabajadores de base

lo que hay que verificar es que efectivamente tengas el carácter de confianza por el tipo de actividades que realizas, y no sólo porque así lo dice el contrato

tendrías que tener facultades de dirección y mando, tener personal a tus órdenes del que tú dispongas conforme a tu criterio, o manejar recursos económicos

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MensajePublicado: Ene 24 2013    Título: el

el puesto de confianza no depende de que esté especificado o no en un contrato, sino en el tipo de funciones que se realizan:

toma de decisiones, mandato sobre personal, administración y disposición de dinero, representación legal/formal del patrón o empresa, son los principales indicativos de que es un puesto de confianza

no genera pago de horas extras, pero sí el de días festivos

confidencial_13 lo más práctico, aunque suene agresivo, es pedir la intervención de la procuraduría de la defensa del trabajo, porque en términos generales tienes un año para pedir el pago de esas prestaciones, si no, las pierdes

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