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Mex-Dam quiere vender mi casa

MensajePublicado: May 04 2012    Título:

Eva buenas tardes, lo que debes de hacer aquí es consignar, ante el juzgado en donde se llevo a cabo el convenio, la cantidad que te obligaste a pagar en dicho convenio, la consignación es para efecto de dar cabal cumplimiento a tu obligación y demostrar puntualmente que tu cumples y haz cumplido formalmente con los pagos y en cuanto al problema de bancomer con mex-dam, es eso, un problema entre ellos ya que cuando se ceden derechos litigiosos, que creo es el caso, se cede con todo lo actuado y convenido, por lo tanto tu convenio sigue vigente y si mex-dam tiene problema con bancomer es problema de los dos, de hecho al momento de que se haga la consignación tendrán que notificarle a bancomer para que sepa del cumplimiento de pago que hiciste en el juzgado pero también ahi es donde bancomer establecerá que paso con tu hipoteca, si la cedieron o no a mex-dam.

Saludos.

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MensajePublicado: May 04 2012    Título:

Creo que lo indicado es consignar ad cautelam (por precaución), la consignación para efectos de constancia de que no haz dejado de cumplir con tus obligaciones y establecer en el escrito donde se consigna el motivo por el cual lo haces, por la confusión de acreedor y para efecto de demostrar el cumplimiento cabal de tus obligaciones conforme al convenio firmado via judicial.

Como el convenio es la última manifestación de tu acreedor (en su tiempo), éste, sigue vigente, por lo tanto si bancomer cedio los derechos lo hizo en un conjunto, esto es, convenio incluido, sometiendose el cesionario al convenio firmado también, por lo tanto creo que es lo indicado, consignar en el juzgado y no en la cuenta de bancomer dada la confusión de acreedor.

Espero sea util, yo como abogado lo haría, espero me cuentes como te fue.

Saludos.

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MensajePublicado: May 04 2012    Título: MMMM
kakashi | | Invitado

Mira aunque sigas pagando en la cuenta de bancomer este pago es valido por una simple razon tu te liberas pagandole a bancomer, la ley es clara al establecer que tu te liberas pagando a quien cedio los derechos de tu credito, la unica forma en que esto no fuera valido es si la empresa que compro los derechos acredita que se te notifico la cesion de derechos...pero la consignacion que recomienda el Abogado es una buena opcion, pero te recomiendo que acudas con todos tus documentos con un abogado de tu confianza para que te asesore, pues es necesario que se revisen tus documentos, suerte.......

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