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Asesoría Legal En Linea Grauita

MensajePublicado: Oct 21 2014    Título: bienes mancomunados
angelia | | Invitado

Hola buen dia ojala me puedan asesorar quisiera divorciarme apenas el 6 de dic iembre cumplo 1 año de casada y se q aun no puedo divorciarme solo que mi esposo no quiere darme nada de lo que hicimosjuntos compramos un coche ,una moto y varias cosas del hogar ademas tiene dinero en una caja de ahorros pero todo esta a su nombre pero todo lo hicimos con dinero de los dos yo trabajo tambien y desde que nos casamos nunca me dio un peso de su sueldo quiero saber si puedo hacer algo para que quede asentado en alguna acta o documento de los bienes q tenemos por qme amenazo con vender todo y no darme lo q me corresponde segun tengo entendido no puede vender nada sin mi autorizacion

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MensajePublicado: Oct 21 2014    Título:

Bajo qué régimen están casados??

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MensajePublicado: Oct 21 2014    Título: bienes mancomunados
angelia | | Invitado

Estamos casados por bienes mancomunados pero casi todo lo puso a su nombre y los papeles y facturas los tiene su mama

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MensajePublicado: Oct 21 2014    Título:

En el Código Civil para el Estado de Jalisco dice:


"...Artículo 282. El matrimonio puede celebrarse por lo que respecta a su relación patrimonial, bajo el régimen de sociedad legal; sociedad conyugal o voluntaria y separación de bienes. El régimen de sociedad legal será presunto en los matrimonios que se celebren. En la sociedad conyugal o voluntaria, y en el régimen de separación de bienes, se requiere expresamente de capitulaciones matrimoniales para su establecimiento. Al celebrarse el matrimonio los cónyuges deberán indicar cuál de los dos tendrá la administración..."


"...Artículo 287. El régimen de la sociedad legal consiste en la formación de un patrimonio común diferente de los patrimonios propios de los consortes y cuya administración y dominio corresponde a ambos cónyuges indistintamente, con las limitaciones que se establecen en la ley.

Artículo 288. Forman el patrimonio de la sociedad legal:

I. Todos los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges en el ejercicio de su profesión u oficio;

II. Los bienes que provengan de herencia, legado o donación hechos a ambos cónyuges sin designación de parte. Si hubiere designación de partes y éstas fueren desiguales, sólo serán comunes los frutos de la herencia, legado o donación;

III. El numerario extraído de la masa común para adquirir bienes por resolución de contrato u otro título que pertenezca por derecho propio a alguno de los cónyuges, anterior al matrimonio;

IV. El precio de las refacciones de crédito, y el de cualesquiera mejora y reparaciones hechas en fincas o créditos propios de cada uno de los cónyuges;

V. El exceso o diferencia de precio dado por uno de los cónyuges en venta o permuta de bienes propios para adquirir otros en lugar de los vendidos o permutados;

VI. Los bienes adquiridos por título oneroso durante la sociedad, bien se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno solo de los consortes; y

VII. Los frutos, accesiones, rentas o intereses percibidos o devengados durante la sociedad, procedentes de los bienes comunes o de los peculiares de cada uno de los consortes.

No importa que los papeles estén con la mamá o que venda los bienes, en su momento podrá solicitarse judicialmente la parte que le corresponda a usted, ofreciendo como prueba la copia que de las facturas correspondientes, se quedaron en poder del vendedor.

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MensajePublicado: Oct 21 2014    Título: bienes mancomunados
angelia | | Invitado

Gracias entonces aunq yo no tenga los papeles puedo solicitar la parte q me corresponde y si cambiara a nombre de otra persona los bienes. Tambien podria alegar q lo hiso para no darme lo que me corresponda????

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MensajePublicado: Oct 22 2014    Título:

Siempre y cuando el vendedor de los bienes se haya quedado con una copia de la factura, el juez se lo podrá requerir al vendedor y si la fecha de la factura se encuentra dentro del lapso en el que estuvieron casados, desde luego tendrá que darte la parte que te corresponde

Recomiendo que lo dejes de hostigar verbalmente y que acudas con un abogado para que se dejen de "amenazas" y se tomen cartas en el asunto.

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MensajePublicado: Oct 25 2014    Título:
abogadogdl1 | Mensajes: 91 | Usuario Bronze Usuario Bronze

...

Ultima edición por abogadogdl1 el Oct 25 2014, editado 2 veces

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MensajePublicado: Oct 25 2014    Título:
abogadogdl1 | Mensajes: 91 | Usuario Bronze Usuario Bronze

Hola Angélica

Con lo que respecta a bienes muebles (por ejemplo, un vehículo automotor) si bien, estos pueden enajenarse (ser objeto de venta) por uno u otro de los cónyuges sin autorización de otro, aunque en la práctica el comprador requiere que sea el que aparece en la factura sin que por ello no pueda realizarse por el otro porque no existe prohibición por la ley al respecto, el producto de la enajenación de dichos bienes comunes, es propiedad de ambos en su porcentaje correspondiente, y en caso de que el cónyuge no entere lo que te corresponde, se convierte en un crédito que tienes contra el otro, habrá maneras de acreditar durante el procedimiento judicial para acreditar lo anterior, siempre deberá hacerse manifiesto de esto en los escritos correspondientes ante el juez, Ahora bien, con lo que respecta a bienes inmuebles (verbigracia una casa habitación) entonces en esos casos no podrá llevarse la transmisión o gravamen alguno sin el consentimiento del otro, sin embargo a pesar de que acudan ante el Notario Público uno de los dos y manifieste ser soltero, este tipo de intento de fraudes en contra del otro cónyuge, no por ello se tiene por perdido dicho derecho, solo basta acreditar que aquel inmueble se adquirió dentro de la sociedad legal. Esto último siempre es una manifestación que le doy a mis alumnos.


Pueden también solicitar asesoría jurídica por este medio, esto es parte del Colegio de Maestros e Investigadores en Derecho, A.C., es totalmente gratuito el servicio.



saludos

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MensajePublicado: Oct 27 2014    Título:

Saludos Abogado
Me da gusto leerlo.

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MensajePublicado: Oct 28 2014    Título:
abogadogdl1 | Mensajes: 91 | Usuario Bronze Usuario Bronze

Saludos AngeloPapetoBonavena

Ando en el Municipio en el área jurídica, cualquier cosas que este a mi alcance con gusto.

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MensajePublicado: Oct 28 2014    Título:

Muchas gracias abogado
Si me cae algo por allá
Le aviso por este medio y con gusto paso a saludarlo.

Saludos.

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MensajePublicado: Jun 10 2015    Título:
abogadogdl1 | Mensajes: 91 | Usuario Bronze Usuario Bronze

Cual es el destino? si es fuera del país, por supuesto, siempre y cuando el padre lo haya reconocido a través de su inscripción en el Registro Civil correspondiente, si es dentro de territorio Mexicano, no existe tal obligación.

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MensajePublicado: Oct 03 2015    Título: concubinato
miguel0274 | | Invitado

en mi caso actuando de buena fe, afilie a una chica para una operacion delicada de columna como concubina, durante 3 años de relacion la cual termino en junio, compre una casa, ella firmo como solidaria obligada y hace poco por una discucion me metio a la carcel por una supuesta violencia intrafamiliar, estando yo detenido, se metio a mi casa y para yo salir de la carcel se hizo un acuerdo por el que yo no cohabitaria mas en la casa, la casa me la descuentan por nomina, ella no ha dado un solo peso, pregunta: que puedo hacer para poder ingresar a mi casa y que ella salga de plano???? que tramite debo hacer para excluirla de los papaes generados por la casa tramite de la hipoteca? por el tiempo de concubinato, adquirio algun derecho sobre la casa o sobre mis propiedades?

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MensajePublicado: Nov 09 2015    Título: consulta
guadalupe2 | | Invitado

buenos dias yo quiero saber cuato me corresponde lo que pasa es que acabo de renunciar a mi trabajo donde labore 1año y 2 meses no tenia imss es un taller mecanico mi ex-jefe me ofrece 5500.00 y quiero saber si es lo que me corresponde por el tiempo laborado

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MensajePublicado: Nov 16 2015    Título: tranquila
krubec | | Invitado

Si es desesperante tu situación, si estas en bienes mancomunados, ya ... respira tranquila...

por otro lado,,, puedes recuperar la mitad.. consulta un buen abogado DE CONFIANZA,, ojo...

Lo que es claro que no sera todo lo que debe ser,
hay juegos en esto...

La propiedad si vale la pena... pero deberás tener pleito y pleito por lo demás.... VALE LA PENA TU DESGASTE

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