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Martillo de Chejov

MensajePublicado: Mar 28 2014    Título: Martillo de Chejov
Giordano_Bruno | | Invitado

Las autodefensas michoacanas y la guerra civil que vive nuestro país

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MensajePublicado: Mar 28 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

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MensajePublicado: Mar 30 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

Lucha contra las mineras que se apoderan del país.

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MensajePublicado: Mar 30 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

Peña Nieto piensa censurar el Internet en México



Bloqueo de señal, censura… ¿Qué propone Peña Nieto para internet?
Animal PolíticoAnimal Político – vie, 28 mar 2014

La iniciativa de Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que el presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado, plantea algunas limitantes a internet como censurar contenidos, la posibilidad de bloquear la señal durante concentraciones públicas bajo el argumento de la seguridad y que acotan el principio de neutralidad, de acuerdo con especialistas en derechos digitales.

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Luis Fernando García (@tumbolian), activista y abogado especializado en derechos digitales, y quien ha llevado el caso de censura en contra del sitio #1DMX, así como el consultor independiente Israel Rosas (@irosasr), consideraron que la atención puesta sobre la regulación a las televisoras y Telmex puede permitir que en el Congreso pasen sin discusión y suficiente análisis la nueva regulación que se propone a internet.

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Por ejemplo, el artículo 197, fracción VII, de la iniciativa plantea que la posibilidad que los concesionarios suspendan la red de internet en determinadas áreas y eventos: “Bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades competentes”.

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Durante las últimas protestas en Venezuela, por ejemplo, ciudadanos han denunciado que el Gobierno ha bloqueado la señal de internet. En Turquía, por otro lado, el Gobierno ha ordenado bloquear el servicio de Twitter y de Youtube.

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“Se abre la posibilidad de que bloqueen la red durante una manifestación, lo cual atentaría contra el derecho a documentar tanto de ciudadanos como de periodistas, así como de transmisión. Durante los últimos meses hemos visto abusos policiacos en marchas que ya no podrían ser denunciados en tiempo real si se aprueba algo así”, dijo Luis Fernando García.

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El juicio de Rosas es similar: “Hay que tener cuidado con el argumento de la seguridad pública porque bloquear la señal de internet podría impedir que los ciudadanos denuncien, precisamente, abusos policiacos durante concentraciones públicas”.

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El principio de neutralidad significa que los proveedores de servicios de internet será tratado de forma equitativa, es decir, se impide que los proveedores perjudiquen o beneficien a determinado tipo de tráfico, o se exija un pago extra para obtener un trato preferencial en el manejo del mismo.

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La iniciativa, en su artículo 146, dice: “Los concesionarios y los autorizados que presten el servicio de acceso a Internet podrán hacer ofertas según las necesidades de los segmentos de mercado y clientes, diferenciando entre niveles de capacidad, velocidad o calidad”.

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A juicio de Rosas, esto genera condiciones diferentes de acceso: “Ofrecer diferentes calidades de acceso a internet, generará que quien puede pagar más podrá tener una conexión más estable. Eso rompe con el principio de neutralidad que se ha defendido durante todos estos años e inquieta que el Gobierno la esté impulsando”.

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Luis Fernando García advirtió indicios de censura en el artículo 145, fracción III, además que se finca responsabilidad al proveedor sobre lo que haga el usuario. El texto dice: “Los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet (…) podrán bloquear el acceso a determinado contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medio orden de autoridad o sean contrarios a alguna normatividad”.

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El activista señaló: “Se generan incentivos para la censura privada, porque se coloca a las empresas de telecomunicaciones en una posición en la que pueden bloquear expresiones y usos legítimos de Internet con la intención de no arriesgarse a ser considerados responsables por esas expresiones, generando así, un efecto inhibidor de la libertad de expresión en Internet”.

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En el título VIII de la iniciativa, titulado “De la colaboración con la justicia”, se plantea que los proveedores podrán almacenar hasta por 24 meses los datos y registro de comunicaciones de los usuarios, incluidos el origen y destino de las comunicaciones, la fecha, hora y duración de los mensajes o llamadas, el nombre de titular de una línea y la ubicación geográfica del dispositivo de comunicación, entre otros datos.

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De acuerdo con García, las autoridades podrían ordenar que los datos se pudieran conservar por tiempo indefinido y sin la intervención de un juez. “Es totalmente discrecional”, dijo.

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“Es un ataque a los datos y comunicaciones personales, se puede prestar a abusos”, agregó Rosas.

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MensajePublicado: Mar 31 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

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MensajePublicado: Abr 03 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

TRABAJO INFANTIL

Trabajo infantil


© UNICEF Mexico/MSayrols


En México, 3.6 millones de niños, niñas y adolescentes entre los 5 y 17 años de edad están trabajando de acuerdo al Módulo sobre Trabajo Infantil de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE 2007). Lo anterior equivale al 12,5% de la población infantil de este mismo rango de edad. De ellos, 1.1 millones son menores de 14 años; es decir, no han cumplido con la edad mínima para trabajar marcada por la Ley Federal del Trabajo.

El Módulo de Trabajo Infantil 2007 responde a la necesidad de contar con datos actualizados para conocer la dimensión del trabajo infantil en México, ya que los esfuerzos que se habían realizado en este sentido no habían sido consistentes ni periódicos para realizar análisis comparativos y la última información disponible databa de hace casi diez años.
Ante la ausencia de estadísticas confiables, en 2007 la Secretaría del Trabajo conjuntamente con el INEGI y con el apoyo técnico de UNICEF y de la OIT, incorporó un módulo de medición del trabajo infantil en la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del cuarto trimestre de ese año, a fin de obtener información actualizada sobre la incidencia del trabajo infantil en México.
El módulo, de cobertura nacional y representatividad estatal, proporciona información en materia de educación, trabajo económico y quehaceres domésticos de niñas, niños y adolescentes de 5 a 17 años de edad, atendiendo las directrices internacionales en la materia. El levantamiento se llevó a cabo en 57,127 viviendas, y se aplicaron 107 mil cuestionarios en todas las entidades federativas. La periodicidad de su levantamiento, programada cada dos años, asegurará la comparabilidad de resultados en un futuro y la medición del impacto de las políticas públicas diseñadas e implementadas para la prevención y erradicación del trabajo infantil en México.

El trabajo infantil no está extendido en igual medida entre los niños y las niñas: los niños trabajadores superan casi el doble en número a las niñas que trabajan: el 67% de los niños entre 5 y 17 años trabaja (2,441,070), en comparación con el 33% niñas (1,205,997). Sin embargo este no es el mismo caso para los quehaceres domésticos – los cuales no son considerados como parte de las actividades económicas de acuerdo al marco conceptual de esta encuesta - y en donde la incidencia de la participación es notoriamente diferente entre niños y niñas en este mismo rango de edad: casi el 60% de todos los niños participa en este tipo de actividades, (8,811,697), frente a más del 72% de las niñas (10,496,179).

La población infantil que trabaja se concentra fundamentalmente en las áreas menos urbanizadas de México, y el porcentaje de trabajadores infantiles en estas zonas es también más elevado que en las más pobladas. La presencia de niños y niñas trabajadores menores de 14 años es las localidades más pequeñas supera a la de las ciudades.

Aproximadamente 7 de cada 10 trabajadores entre 5 y 17 años viven en las zonas rurales de México, y 3 de cada 10 en las ciudades, lo que equivale a 1,114,991 niños y niñas residiendo en las capitales de los Estados y/o en las localidades con 100,000 habitantes y más, y a 2,532,076 trabajadores infantiles en las áreas de menor tamaño poblacional. Así como los niños y las niñas que trabajan se concentran en mayor medida en el campo que en la ciudad, la incidencia del trabajo infantil rural es más elevada que la urbana [cuadro 2]: el 15.6% y el 8.6% de la población entre 5 y 17 años, respectivamente.

Para el conjunto del país, el 66% de la población entre 5 y 17 años coopera en las tareas de su hogar. La incidencia de la participación en el trabajo doméstico (entendiendo como tal los quehaceres en el propio hogar) es notoriamente diferente entre los niños y las niñas, independientemente del rango de edad considerado: casi el 60% de todos los niños participa en este tipo de actividades —8,811,697—, frente a más del 72% de las niñas —10,496,179—, lo que equivale a una diferencia cercana a los 13 puntos entre un grupo y otro. La mayor parte de los niños y las niñas de México que trabajan lo hace por razones asociadas con la necesidad de aportar recursos (bienes y/o servicios) al hogar.

Aproximadamente el 24% de los trabajadores entre 5 y 17 años se concentra en tres entidades: Estado de México, Jalisco y Puebla. El 52.8% se distribuye en la cuarta parte de los Estados: además de los anteriores, Michoacán, Veracruz, Guerrero, Chiapas y Guanajuato. El 23.8% de los niños y las niñas de México entre 5 y 13 años que trabajan reside en Puebla, Jalisco o Guerrero. El 52.6% se reparte en estos Estados y Michoacán, Oaxaca, Estado de México, Guanajuato y Veracruz.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece “el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”. El Convenio núm. 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil reconoce que proteger a las niñas y a los niños requiere de respuestas integradas que incluyen empleos y trabajo decente para sus padres y medidas de protección social que les ayuden a mantener a las niñas y a los niños en la escuela.

Algunas precisiones sobre las cifras del Módulo de Trabajo Infantil 2007

Para poder interpretar de manera adecuada las cifras del Módulo de Trabajo Infantil 2007 (MTI) hay que tener en cuenta que —según la definición de trabajo infantil adoptada en el MTI 2007— son clasificados como trabajadores aquellos niños y niñas que han llevado a cabo una actividad económica, por lo que en los más de 3,6 millones de trabajadores infantiles del país no están incluidos quienes trataron de obtener algún ingreso cuidando automóviles en las calles, limpiando parabrisas en los cruceros, cantando en el transporte público u ofreciendo diversos tipos de entretenimiento, como los niños y las niñas “tragafuegos”, los que se acuestan sobre cristales o los cómicos.

Asimismo, aún cuando el MTI de la ENOE 2007 recolecta datos sobre quehaceres domésticos, estos trabajos no son considerados como actividad económica por lo que tampoco está contabilizado en el conteo de 3.6 millones de trabajadores infantiles.

Por su naturaleza como encuesta de ocupación y empleo en hogares, el MTI de la ENOE 2007, tampoco contempla a niños, niñas y adolescentes migrantes residentes en albergues colectivos en campos agrícolas, por lo que se dificulta cuantificar el número de niños, niñas y adolescentes hijos de jornaleros agrícolas migrantes que trabajan.
Para tener una caracterización más completa del trabajo infantil en México, es importante analizar los resultados del MTI de la ENOE 2007 conjuntamente con otros estudios como el Tercer Estudio de Trabajo Infantil Urbano Marginal en 100 Ciudades, realizado por el Sistema Nacional DIF, junto con UNAM y con el apoyo de UNICEF y la Encuesta Nacional sobre Jornaleros Agrícolas, siendo realizada por la SEDESOL en 2009.

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MensajePublicado: Abr 04 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

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MensajePublicado: Abr 05 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

La trata de personas en México

http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/cartillas/8%20cartilla%20la%20trata%20de%20personas.pdf

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MensajePublicado: Nov 17 2014    Título:
Giordano_Bruno | | Invitado

Antes de cerrar "temporalmente" el foro de Plática Abierta, los administradores del sito cancelaron los hilos más numerosos como Defensa de la educación, no son enchiladas y la república democrática de GBN. Hilos, todos que se encontraban en Debates, antes del cierre de Plática Abierta. Ello significa que es una represalia de los administradores.

Pues bien, señalo que muchos de los hilos que abrieron los acosadores permanecen y no fueron limpiados.

GBN

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